Bono PEPE II ofrecerá Bs 250 cada dos meses desde noviembre
por Milton Terrazas
19 de septiembre de 2026

El Gobierno ha implementado el Programa Extraordinario de Protección y Equidad II (PEPE II), que entregará un bono de Bs 250 cada dos meses, iniciando en noviembre de 2026 y extendiéndose hasta abril de 2027. Esta decisión se formaliza a través del Decreto Supremo 5713, y busca compensar la eliminación de la subvención al diésel.
Durante la duración del bono, cada beneficiario podrá recibir hasta un total de Bs 750, ya que se realizarán tres pagos bimensuales a lo largo de este periodo.
Grupos de beneficiarios contemplados en el decreto
- Mujeres gestantes registradas en el Bono Madre Niño-Niña "Juana Azurduy" entre enero y junio de 2026.
- Personas con discapacidad visual que reciben el Bono Anual de Indigencia hasta el 31 de agosto de 2026.
- Personas con discapacidad grave o muy grave registradas.
- Adultos mayores que reciben la Renta Universal de Vejez-Renta Dignidad sin pensión de la Seguridad Social.
- Padres o tutores de estudiantes menores de edad en unidades educativas fiscales y de convenio.
- Niñas, niños y adolescentes de centros de acogida, casas cunas y centros penitenciarios.
El decreto también aclara las exclusiones, indicando que no podrán acceder al bono aquellos que reciban ciertas rentas o pensiones de la seguridad social, así como quienes estén registrados como asegurados dependientes, consultores o cooperativistas mineros que tengan aportes a la Seguridad Social de Largo Plazo hasta el 31 de agosto de 2026.
El pago del bono PEPE II se realizará a través de varios métodos, incluyendo abonos en cuentas, cobros en ventanillas de bancos públicos y a través de billeteras móviles. Además, se prohíben descuentos o cobros adicionales sobre estos fondos, salvo en casos específicos autorizados judicialmente.
La responsabilidad de validar la identidad de los beneficiarios y evitar duplicidades recaerá en la Administración Pública, que utilizará la información de las entidades correspondientes para crear un registro de beneficiarios que será enviado a la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo.
El financiamiento del programa se realizará mediante recursos externos o fondos del Tesoro General de la Nación, asegurando que no se utilicen recursos de la Gestora ni del Sistema Integral de Pensiones.


