Nuevo decreto permite importar gas para consumo propio sin opción de reventa
por Gonzalo Balderrama
27 de octubre de 2026

El Decreto Supremo 5755, recientemente emitido por el Gobierno, habilita la importación de gas natural y gas natural licuado (GNL) de manera excepcional, permitiendo su uso para consumo propio.
Esta regulación establece que los productos adquiridos bajo estas condiciones no podrán ser vendidos ni comercializados a otras entidades o personas.
La medida surge como una opción para aquellos que necesitan estos recursos energéticos para sus operaciones, siguiendo los procedimientos y condiciones que se definan en la normativa vigente.
Es importante destacar que la prohibición de reventa distingue esta autorización de una licencia para la comercialización en el mercado interno, lo que implica que la importación para consumo personal no permite a los importadores distribuir el gas a otros usuarios.
Los detalles sobre los requisitos, las autorizaciones necesarias y los mecanismos de control se especificarán en la normativa oficial que acompañará el decreto.
La correcta implementación de esta medida será crucial para determinar quiénes podrán beneficiarse de esta nueva autorización y las condiciones bajo las cuales podrán realizar la importación de gas natural o GNL para su propio consumo.


