Beneficios tributarios temporales y condicionados en nueva Ley de Inversiones
por Milton Terrazas
12 de agosto de 2026

El nuevo proyecto de Ley de Inversiones introduce un régimen de incentivos tributarios y aduaneros que tiene un carácter temporal y condicional, dividiéndose en dos categorías: automáticos y aquellos que requieren calificación.
Este marco legal estipula que los decretos supremos solo podrán establecer procedimientos y métodos técnicos relacionados con verificación, control y clasificación arancelaria, sin el poder de crear o modificar beneficios tributarios adicionales.
Una de las características más relevantes de esta ley es la exención de impuestos, como el Gravamen Arancelario y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), para la importación de maquinaria y otros bienes de capital que sean parte de una inversión elegible. Esta exención se aplicará siempre que los bienes importados no estén disponibles en el mercado nacional.
Además, esta exención incluirá piezas y accesorios necesarios para el funcionamiento de los equipos importados. Sin embargo, si existen productos similares en Bolivia, las empresas deberán optar por adquirirlos localmente y cumplir con el pago de los impuestos correspondientes.
La normativa establece que los beneficios se podrán solicitar durante los tres años siguientes al registro del proyecto. Para acceder a estos incentivos, los importadores deben registrar sus proyectos y presentar una declaración jurada en la Aduana, donde la exención será aplicada tras un control basado en el riesgo.
La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) será responsable de evaluar los proyectos a través de un sistema de puntuación de hasta cien puntos, considerando factores como la creación de empleo, las exportaciones y la innovación. Solo aquellos proyectos que alcancen al menos 40 puntos tendrán derecho a créditos tributarios sobre el IUE.
Los descuentos en el IUE van del 25% al 80%, dependiendo de la puntuación, y se establecen límites para su uso anual, evitando que los créditos no utilizados se acumulen para años posteriores. En lugar de créditos, las empresas pueden optar por una depreciación acelerada que afectará la duración fiscal de los activos elegibles, debiendo elegir solo una de las dos opciones disponibles.
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