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Sociedad

Nueva ley asegura pasajes aéreos solidarios para pacientes críticos

por Efraín Villarroel

21 de octubre de 2026


El 20 de octubre de 2026, el presidente Rodrigo Paz promulgó la Ley N.º 1780, la cual proporciona acceso a pasajes aéreos solidarios, tanto a nivel nacional como internacional, para aquellos pacientes que padecen cáncer, enfermedades terminales o se encuentran en estado crítico y requieren trasladarse para recibir atención médica.

Los beneficiarios deberán contar con un certificado emitido por la autoridad de salud más cercana. Además, la ley contempla que los pacientes puedan ir acompañados, permitiendo un acompañante adicional en el caso de menores de edad, como niñas, niños o adolescentes.

El principal propósito de esta ley es facilitar el traslado de pacientes que necesitan atención médica fuera de su lugar de residencia, con la colaboración de aerolíneas tanto públicas como privadas.

Obligaciones de las aerolíneas para garantizar el servicio

De acuerdo con la Ley N.º 1780, las aerolíneas están obligadas a reservar los espacios necesarios para los pacientes y sus acompañantes, de acuerdo con sus requerimientos médicos. También deberán asegurar condiciones adecuadas para garantizar un traslado cómodo y seguro para los pacientes.

Las aerolíneas tienen la responsabilidad de emitir los pasajes con suficiente anticipación a la fecha de la consulta médica. La ley prohíbe la negativa en la emisión de boletos sin justificación, conforme a la Ley General del Transporte.

Proceso para acceder a los pasajes solidarios

Para obtener estos pasajes, los pacientes deberán presentar un certificado médico, ya sea en formato físico o digital, emitido por hospitales reconocidos, ya sean nacionales o internacionales. Este documento no requerirá complicadas formalidades para su validación, lo que facilitará el proceso.

Una vez que los requisitos sean cumplidos, las aerolíneas deberán gestionar los boletos necesarios para que los pacientes puedan recibir la atención médica que requieren.

Las aerolíneas también recibirán beneficios fiscales por los pasajes solidarios otorgados, pudiendo deducir su costo para la determinación del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE). No obstante, los beneficiarios deberán abonar el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) y otros impuestos pertinentes, sin que se les exijan montos adicionales por los pasajes.

Las aerolíneas que no cumplan con las obligaciones estipuladas en la ley podrán enfrentar sanciones. En caso de detectar irregularidades o fraudes en los certificados médicos, se procederá a remitir los casos al Ministerio Público para que se inicien las acciones legales pertinentes.

Finalmente, la ley establece un plazo de 30 días, a partir de su promulgación, para que el Ministerio de Obras Públicas, en conjunto con el Ministerio de Salud y Deportes, elabore la reglamentación necesaria para su implementación efectiva.


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